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PASSALACQUA ENVIÓ A LA LEGISLATURA UN PROYECTO PARA AMPLIAR EL CONTROL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EMPRESAS ESTATALES

El gobernador Hugo Passalacqua remitió a la Cámara de Representantes un proyecto de ley que propone modificar la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas para establecer de manera explícita su fiscalización sobre empresas y sociedades del Estado provincial y municipal, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y otras entidades empresariales con participación estatal mayoritaria. La iniciativa busca aportar mayor claridad y certeza jurídica al marco vigente y, de ser sancionada, entrará en vigencia el 1° de enero de 2027.

POSADAS, JUEVES 15 DE OCTUBRE DE 2026. El gobernador Hugo Passalacqua remitió este jueves a la Cámara de Representantes de Misiones un proyecto de ley para modificar la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y establecer de manera explícita el alcance de su fiscalización sobre las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal. La iniciativa apunta a fortalecer la claridad del marco regulatorio y las herramientas institucionales vinculadas al control externo de los recursos públicos.

Al anunciar el envío del proyecto, Passalacqua ubicó la iniciativa dentro de una concepción de la gestión pública basada en la transparencia y la rendición de cuentas. “Los misioneros necesitan claridad, apertura y una gestión de cara a la gente, y quienes tenemos la responsabilidad de gobernar y manejar los recursos públicos trabajamos 24/7 para garantizar absoluta transparencia con medidas concretas”, expresó.

En esa línea, el gobernador sostuvo que el control sobre la administración de los recursos públicos constituye una responsabilidad inherente a la función de gobierno. “No solo no esquivamos esa responsabilidad, sino que es una convicción profunda: hoy en Misiones gobernar es rendir cuentas a diario”, afirmó.

La propuesta enviada al Poder Legislativo plantea incorporar un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley I – N.º 3 —antes Decreto Ley 1214/60—, Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. El objetivo es mencionar expresamente dentro del ámbito de fiscalización del organismo a las distintas figuras empresariales en las que el Estado provincial o municipal posee una participación mayoritaria.

La modificación establece que el Tribunal de Cuentas ejercerá la fiscalización de las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal. El alcance comprende a las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y las demás entidades empresariales en las que el Estado provincial o municipal tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

MAYOR CLARIDAD Y CERTEZA JURÍDICA PARA EL CONTROL PÚBLICO

En los fundamentos remitidos a la Cámara de Representantes, el Poder Ejecutivo señala que la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas establece el marco para que el organismo ejerza el control externo sobre la administración de los recursos públicos y cumpla su función jurisdiccional, dentro de las atribuciones asignadas por la Constitución Provincial y las leyes.

El proyecto plantea que explicitar a las empresas y sociedades estatales en el artículo 2 permitirá otorgar “mayor claridad y certeza jurídica al marco regulatorio vigente”, ratificando su encuadre dentro del ejercicio del control del Tribunal de Cuentas.

La iniciativa también fundamenta la modificación en la necesidad de profundizar las herramientas institucionales de transparencia. En el mensaje remitido a la Legislatura, el Ejecutivo sostiene que “la exigencia de mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos resulta fundamental para afianzar la confianza de la ciudadanía” y señala que responder a esa demanda requiere consolidar prácticas institucionales claras, accesibles y de cara a la sociedad.

De esta manera, la reforma incorpora expresamente al texto de la Ley Orgánica las empresas y sociedades alcanzadas por la fiscalización del Tribunal de Cuentas, con el propósito de precisar normativamente su encuadre y el alcance del control.

El proyecto establece además que, en caso de recibir sanción legislativa, la modificación entrará en vigencia el 1° de enero de 2027, fecha propuesta por razones organizativas y de coordinación.